La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró la suspensión provisional de los efectos del contrato que la empresa pactó,, en el 2011, con la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre de Panamá(ATTT).
El fallo tiene la firma de Abel Zamorano (suplente de Alejandro Moncada Luna y quien actuó como ponente), Víctor Benavides y Luis Ramón Fábrega. Fue acordado el pasado 29 de mayo pero dado a conocer esta semana.
La suspensión provisional fue solicitada por la firma Rivera, Bolívar & Castañeda, en representación de la Asociación Nacional de Arrendadores de Vehículos, quienes presentaron una demanda para que el contrato de concesión se declarara nulo por ilegal.
En el fallo los tres magistrados advierten que en el contrato de las cámaras de video vigilancia hay aparentes “vicios de ilegalidad lo que en la doctrina es conocido como fumus bonis iuris por lo que es procedente suspender los efectos de ese contrato”.
Advierten, además, que la ATTT otorgó la concesión administrativa de las cámaras sin que constara que el Consejo de Gabinete declaró el servicio “de interés público” lo que viola las leyes 5 de 1988 y 14 de 1993 –la primera establece el sistema de ejecución de obras públicas por el sistema de concesión administrativa y la segunda regula el transporte terrestre público de pasajeros–.
Aún con la suspensión provisional del contrato la Sala Tercera debe todavía resolver la demanda de ilegalidad que presentó la Asociación Nacional de Arrendadores de Vehículos. Las cámaras de Traffic Safety se estrenaron en julio de 2013 sin que mediara consulta pública o campaña de divulgación previa.
La ATTT ordenó apagarlas 15 días después luego que La Prensa informara sobre su existencia. En apenas dos semanas de funcionamiento se giraron más de 2 mil multas con solo dos cámaras que operan en un sector de Costa del Este. Hace un mes el entonces director general de la ATTT, Roberto Moreno, anunció que las cámaras serían encendidas nuevamente.
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