Los productos abonados y entregados después del 1 de julio pagarán el 7% del ITBMS, según anunció el Gobierno.
Si la orden de compra fue emitida antes del 1 de julio, pero el bien es facturado y entregado después de la entrada en vigencia del aumento del 2% del ITBMS, "debe pagar el 7%, ya sean compras del Estado o privadas".
Si la orden de compra fue emitida antes del 1 de julio, pero el bien es facturado y entregado después de la entrada en vigencia del aumento del 2% del ITBMS, "debe pagar el 7%, ya sean compras del Estado o privadas".
También se explicó que si no se ha emitido la factura de venta con anterioridad y los productos abonados fueron entregados posteriormente a dicha fecha, deben pagar el incremento "el hecho generador de ITBMS es la emisión de la factura o la entrega del bien, lo que ocurra primero".
Reacción
El presidente del Colegio de Economistas, Raúl Moreira, consideró que la situación es "preocupante" debido a que en Panamá imperan las compras a crédito y abonos que ahora tendrán que pagar el retroactivo, a pesar de que se compraron antes de la entrada en vigencia de la ley fiscal.
"Este mecanismo impactará negativamente en el bolsillo del consumidor, ya que hasta se verán afectadas las órdenes de compras firmadas en junio", precisó.
En tanto, el Movimiento de Contadores Públicos Independientes advirtió que se registrará “un impacto económico regresivo y negativo”.
"Este mecanismo impactará negativamente en el bolsillo del consumidor, ya que hasta se verán afectadas las órdenes de compras firmadas en junio", precisó.
En tanto, el Movimiento de Contadores Públicos Independientes advirtió que se registrará “un impacto económico regresivo y negativo”.
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